| INMINENTE EXPROPIACIÓN |
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Guatemala, Julio 2010¿Hasta dónde debe llegar el Estado para proteger la vida de las personas? Por: Pedro Boche Como se pudo evidenciar el pasado mes, miles de guatemaltecos viven en zonas vulnerables ante desastres, sean éstas laderas de volcanes que hacen erupción, orillas de ríos y lagos que se desbordan ante las frecuentes y cuantiosas precipitaciones, barrancos dentro y fuera del casco urbano, y vecindarios donde súbitamente se los “traga la tierra”; lo cierto es, que en nuestro país las poblaciones más pobres se encuentran en un riesgo continuo, y las autoridades, sea en éste desastre natural, el próximo o dentro de varios, eventualmente tendrán que afrontar esta situación resituando a la gente. El camino para esto eventualmente llevará a la expropiación. La perspectiva de la población en riesgo José Félix Guzmán, vecino de la zona 2 Hace 14 años vivo aquí con mi familia, algunos de mis vecinos ya se fueron, ahora nosotros, no tenemos a dónde ir, porque no alcanza para pagar un alquiler. Si a mí me ofrecieran otro lugar, no me importa si el terreno es más pequeño, pero no me muevo si no es seguro, mire aquí no pasa nada, imagínese en la zona 18, 21, 23… Eso es sí arriesgar la vida de uno. Ya he pensado vender y comprar en otro lado, pero con esto que pasó. ¿Cuánto nos pueden dar por la casita? No me alcanzaría ni para un terreno. Silvia Mendoza, vecina del asentamiento El Cerrito, ubicado debajo del Puente del Incienso Como a las 6 de la tarde escuchamos un tronido, como si volviéramos a vivir el terremoto. Estábamos en la casa de mi mamá y cuando salimos a ver mi casa, estaba destruida. La Municipalidad no me ha dicho nada por el terreno que habíamos comprado. Pero si puedo irme a otro lado, me iría, me da miedo regresar a mi casa por los patojos. Darío de Jesús Pérez, vecino de Boca del Monte Gracias a Dios no ha pasado ningún problema, en el fondo tiene su pared (la casa) y pasa un río por debajo y siempre vienen a evacuar a la gente. Sería bueno que hubiera un lugar más seguro, vender nada costaría y ya comprar en un lugar que esté más seguro, más fijo. Tendríamos que ver en dónde; para construir se necesitan bastante centavos y aquí he metido dinero, ya está construido todo. Está bien la idea, es bonita, mi terreno ya casi se lo está llevando (el río) pero tal vez por el momento, me aguantaría. Instituciones de ayuda David de León, Vocero de Conred Sinceramente no se conoce el tema, no hay una versión oficial, sería mejor que hable un experto en áreas de riesgo. Pero, por ejemplo, sé que en Tecpán el río se llevó unas casas para la tormenta y las personas ya tienen sus cosas otra vez allí. En el caso de la zona 2, trazamos un polígono a 20 metros donde la gente ya fue evacuada. Tendría que consultar para dar una versión institucional. Lucía Mendoza, Voluntaria que atendió a los damnificados bajo el Puente El Incienso Es necesario hacer varias reubicaciones, esto debería darse bajo un diálogo entre las personas y el Estado para evaluar con certeza cómo se sienten las familias con respecto a un cambio. Algunas personas sabían que el refugio era lo más seguro, pero aún así querían regresar a sus casas, a pesar que algunas fueron arrastradas en el deslave, ellos sólo querían regresar rápido, pues para ellos su casa es muy significativa. Sustento legal Opinión del Lic. Alan Godínez En principio todos los asuntos relacionados con tierras son sometidos a juzgados del ramo civil, ahora bien, el tema de la expropiación, como está contemplado en el artículo 40 de la Constitución Política de la República y en la ley específica de expropiación, tiene que basarse siempre en un principio de necesidad y utilidad, esos 2 aspectos son fundamentales. Tomemos el tema del Agatha, en que de la noche a la mañana, las personas son afectadas por este fenómeno natural, aunque teniendo un lugar donde residir, por las circunstancias mencionadas, su derecho a la propiedad se ve alterado. Sobre el tema de los derechos humanos, debemos considerar no sólo el derecho a la vivienda, sino el derecho mismo a la vida y la seguridad que contempla la Constitución como fines del Estado. Por lo tanto es el Estado el que tiene que paliar esta necesidad, es lo lógico que disponga de sus propios bienes para resituar a las personas, ahora bien, en cuanto a los inmuebles de las áreas que deberán declararse inhabitables, debe primero proponer una permuta a las personas afectadas, un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar el derecho de propiedad de una cosa para recibir el derecho de propiedad de otra, como un intercambio, siempre en el ámbito civil. Lo difícil sería, como es probable que pase, que algunos se resistan a cambiarse, entonces sí se inicia un litigio para que se dé la expropiación, sin embargo, lo complicado de esto es ¿quién decide cuánto vale la propiedad? Y lo que es más, existe la posibilidad que al iniciarse este proceso en un área, aparezcan supuestos propietarios de la nada. Finalmente, la reflexión sería que si el Estado paga una indemnización, ¿deberá proporcionar una nueva vivienda? o ¿constituirá esto un pago doble?
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Guatemala, Julio 2010







